"Inclusión Digital para las personas mayores"
- Lucas Balian
- 29 nov 2022
- 7 Min. de lectura

Artículo 1°: OBJETO. La presente Ordenanza promueve el acceso de las personas mayores a las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs), a los efectos de reducir la brecha digital, generacional y geográfica e incrementar su integración social y comunitaria.
Artículo 2º: DEFINICIONES. A los fines de la presente ley se entenderá por:
ALFABETIZACIÓN DIGITAL: La adquisición de las herramientas necesarias para conocer y utilizar de manera adecuada las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, y poder responder críticamente a los estímulos y exigencias de una sociedad de la información cada vez más compleja, con multiplicidad de fuentes, medios de comunicación y servicios.
ENVEJECIMIENTO ACTIVO: Es el proceso por el cual se optimizan las oportunidades de bienestar físico, mental y social, de participar en actividades sociales, económicas, culturales, espirituales y cívicas, y de contar con protección, seguridad y atención, fomentar la autoestima y la dignidad de las personas y el ejercicio pleno de todos sus derechos humanos y libertades, con el objeto de ampliar la esperanza de vida saludable y la calidad de vida de todos los individuos en la vejez.
TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN (TICs): Es el conjunto de recursos, herramientas, equipos, programas informáticos, aplicaciones, redes y medios que permitan la compilación, procesamiento, almacenamiento y transmisión de información, como por ejemplo voz, datos, texto, video e imágenes, entre otros.
CENTROS DE INCLUSIÓN DIGITAL: son los ámbitos físicos y/o digitales que desarrollen modalidades pedagógicas especialmente dirigidas a las personas mayores, que brinden prestaciones y/o servicios de asesoramiento, capacitación y/o educativos vinculados a las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs), sean las mismas en modalidades presenciales, semi-presenciales y/o a distancia, supervisados por la autoridad de aplicación.
Artículo 3°: DERECHOS. Se reconocen como derechos de las personas mayores dentro del marco de la promoción del acceso a las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs):
a). Derecho a la Alfabetización Digital: a desarrollar las capacidades de interactuar inteligentemente con las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs).
b). Derecho a la Accesibilidad en la Información Pública, que implica recibir información pública de organismos de la administración nacional, provincial y/o municipal a través de soportes que puedan ser adaptados a formatos que faciliten el acceso por parte de personas mayores.
Artículo 4°: AUTORIDAD DE APLICACIÓN. La autoridad de aplicación será determinada por el Departamento Ejecutivo en la reglamentación de la presente Ordenanza.
Artículo 5°: OBJETIVOS. La autoridad de aplicación deberá propiciar el cumplimiento de la presente y en particular, fundamentalmente, tenderá a facilitar las siguientes finalidades:
a) Promover la integración social de las personas mayores a las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs), y su complementariedad con otras dimensiones en políticas para el envejecimiento activo.
b) Promover la igualdad de oportunidades para las personas mayores, minimizando la brecha digital y generacional con el resto de la sociedad.
c) Brindar garantías en la accesibilidad de las personas mayores en los sitios web oficiales y plataformas existentes, que sean dependientes de la administración pública.
d) Elaborar y efectuar recomendaciones para el sector privado y organizaciones de la sociedad civil que promuevan el uso de Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs) por parte de las personas mayores.
e) Facilitar la comunicación entre las personas mayores que participen en programas sociales, con la finalidad de reducir el aislamiento social.
f) Generar políticas que posibiliten el diálogo intergeneracional en la transmisión de conocimientos, especialmente en los procesos formativos.
g) Promover iniciativas y proyectos del sector tecnológico relativos a las personas mayores, estableciendo marcos de cooperación.
h). Evaluar y promover políticas de responsabilidad social que incorporen a las personas mayores, integrando las tecnologías y el mundo del trabajo.
i). Implementar campañas de difusión e información pública sobre derechos de los usuarios de las TICs, especialmente dirigidas para adultos mayores, con las ventajas y los riesgos en el uso de plataformas digitales.
Artículo 6°: Facúltase a la autoridad de aplicación a suscribir convenios con universidades y otros organismos a los fines de coordinar acciones y demás aspectos que se consideren necesarios para el cumplimiento de los objetivos enumerados en la presente Ordenanza.
Artículo 7°: DE FORMA.
FUNDAMENTOS
El presente proyecto promueve el acceso de las personas mayores a las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs), a los efectos de reducir la brecha digital, generacional y geográfica e incrementar su integración social y comunitaria.
Se trata de facilitarle a la tercera edad el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación.
Además, hay que agregar que no hay colaboración ni compromiso de las entidades bancarias para ayudar a los adultos mayores, respecto a los trámites que deben realizar.
Es necesario aportarle a los adultos mayores esas competencias digitales básicas, para que no queden afuera del sistema.
Una sociedad para todas las edades significa una sociedad sin discriminación por motivos de edad, una sociedad en que cada persona tenga la oportunidad de realizarse libremente y de llevar una vida productiva y satisfactoria.
Considerando el contexto en relación a los aspectos sociodemográficos, la población de América Latina y el Caribe envejece significativamente debido a la disminución de la tasa de natalidad y el aumento de la expectativa de vida; lo cual significa que una de las consecuencias sea que la población de 60 años y más crezca en forma constante. Esta tendencia hace necesario que los Estados generen políticas públicas que atiendan especialmente a las personas adultas mayores, y que lo hagan con un enfoque de integración e inclusión que impacte positivamente en la calidad de vida de la población y en el desarrollo de los países.
La Convención Interamericana de Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores reconoce en su artículo 20 el Derecho a la Educación. En el inciso “d” se insta a los Estados a promover la educación y formación de la persona mayor en el uso de las nuevas tecnologías de la información y comunicación (TIC) para minimizar la brecha digital, generacional y geográfica e incrementar la integración social y comunitaria.
Es importante acercar a las personas mayores el acceso a las nuevas tecnologías y las herramientas digitales a los fines de atenuar la brecha digital que las separa de la población más joven. La vida cotidiana exige cada vez más interacción con las Tecnologías de la Información y Comunicación. Ya sea para utilizar cajeros automáticos, ver series por streaming, manejar la computadora, usar el celular, la alfabetización digital se ha vuelto indispensable.
A pesar de no ser nativos digitales, son cada vez más los mayores de 60 años que desean acercarse a las nuevas tecnologías. Lamentablemente, muchas veces fracasan por no contar con las herramientas adecuadas ni el dinero para acceder a una computadora o un celular, lo que genera desigualdad y discriminación en razón de la edad. Es decir, para garantizar el acceso a las nuevas tecnologías de la población mayor a 60 años, es indispensable capacitar y brindar facilidades económicas.
La brecha digital entre las personas mayores y las nuevas generaciones está relacionada, en gran medida, con el uso de electrodomésticos, tecnologías de la información y la comunicación (TICs), dispositivos médicos, pago con sistema posnet, carga virtual de tarjetas y dispositivos bancarios como el homebanking, el cajero automático y las tarjetas de débito y/o crédito.
Según los datos obtenidos en la Encuesta Nacional sobre Calidad de Vida de Adultos Mayores (ENCaViAM) realizada en 2012, de las personas mayores de entre 60 y 75 años solo un 43% utiliza el cajero automático de manera independiente. Este número se reduce al 18% en las de 75 años y más.
Carlos San Juan, urólogo jubilado de Valencia (España) de 78 años inició en enero de 2022 una campaña de recolección de firmas a través de la plataforma Change.org: “Soy Mayor, no idiota”, en la que exige una transformación digital de entidades financieras y administración pública a varias velocidades, que no condene a los mayores.
La pandemia agravó la brecha digital entre incluidos y excluidos del sistema. Los adultos mayores han sido los grandes perjudicados en esta temática. La pandemia aceleró la digitalización de decenas de servicios, desde la solicitud de cita previa para una atención sanitaria a distancia y las gestiones bancarias y la necesidad de descargarse una aplicación para viajar. Se han impuesto, para naturalidad de los más jóvenes o más avezados en el universo virtual, los códigos QR cuya lectura no está al alcance de todos.
“Existe una exclusión desde el minuto cero, desde que se aplica vocabulario tecnológico con ellos”, según Estefanía de Régil, especialista en la alfabetización digital de mayores. “Son personas que vienen de un mundo analógico y que están intentando hacer este paso como buenamente pueden. Los bancos o el servicio sanitario se han digitalizado, pero en un alto porcentaje de los casos no tienen un conocimiento del uso de un dispositivo ni entienden el proceso ni conceptos como descarga, aplicación o digitalización”, detalla, familiarizada a diario con su batalla por “ser ciudadanos digitales”. “Se nos pide ser ciudadanos digitales, pero para ello tenemos que tener un aprendizaje. Yo trato de acompañarlos en este proceso de inclusión digital”.
“Yo quiero mantener a toda costa mi independencia tanto física como mental y poder seguir manejándome informáticamente”. “No nos negamos a que haya un proceso informático, pero debe ser en al menos dos días. El que quiera incorporarse a la alta velocidad, perfecto. Pero que a nosotros nos dejen todavía en el carrito. Que permitan manejarnos con un carruaje antiguo más lento y que nos vayan enseñando. Creo que tenemos la suficiente humildad para aceptar que nos enseñen, pero sin el paternalismo de derivarnos a otras personas, parientes o amigos, como si fuéramos unos inútiles”, manifiesta Carlos San Juan, el impulsor de la iniciativa española.
Las razones por las que los mayores aprenden el uso de la computadora son variadas. Una vez que la persona domina la computadora, la utiliza como herramienta de cálculo, escritura, comunicación, información de interés, aprendizaje continuo, entretenimiento y lúdicas.
En cuanto a las redes sociales, el beneficio que pueden generar en las personas mayores es notable. Las mismas pueden constituir una herramienta para combatir la soledad y evitar el aislamiento que viven muchas personas mayores. El ciberespacio aumenta la posibilidad de interactuar con pares y familiares. Los adultos mayores que se atreven a experimentar el uso de las nuevas formas de comunicarse descubren en las redes un medio para reencontrarse con familiares y amigos, así como de generación de nuevos vínculos. Asimismo, fomentan las relaciones intergeneracionales pues el adulto mayor descubre intereses comunes con sus familiares o nuevos amigos más jóvenes.
Cuando se habla de mayores se tiende rápidamente al respaldo de familiares o vecinos. Hay que luchar para que sean autónomos y tengan un envejecimiento activo, a eso apunta el proyecto. La capacitación es fundamental, para que tomen confianza y puedan valerse por sí mismos.
Este proyecto propone una serie de medidas concretas para llevar adelante la inclusión digital destinada a garantizar el acceso del derecho de comunicación de los mayores de 60 años.
A tal fin, consideramos conveniente disponer de las aulas que se encuentran en las escuelas municipales y en los Parques Educativos de la ciudad. Para que los adultos mayores de las zonas de influencia de los mencionados lugares se capaciten y formen en la adquisición de habilidades tecnológicas, objeto de la presente Ordenanza.
Por todo lo expuesto, y por las razones que oportunamente daré en el recinto, solicito a mis pares su acompañamiento.
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