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Modalidad de Semáforos Intermitente entre las 22:00hs y 6:00hs.

  • Foto del escritor: Lucas Balian
    Lucas Balian
  • 29 nov 2022
  • 2 Min. de lectura


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Artículo 1°: INTIMASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que disponga los semáforos en modo intermitente, según regulación del inc. 4 y 5 del art. 68 de la ordenanza 9981 (Código De Tránsito - Código Sobre Uso De La Yia Pública), en la franja horaria comprendida entre las 22:00hs y las 6:00hs, con el objeto de contribuir a la seguridad ciudadana.

Artículo 2°: REQUIERASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que solicite al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Córdoba un mapa de las zonas de mayor delictividad nocturna dentro del ejido municipal a los fines de coordinar medidas necesarias para cumplimenta¡ con el art. 1.

Artículo 3°: EXCEPTUASE se hace saber que debe ser exceptuada de dicha disposición las avenidas comprendidas en el art.6 de la ordenanza 9981.

Artículo 4°: De Forma.



FUNDAMENTOS


Que basados en la crítica situación que se vive respecto a la seguridad en nuestra ciudad, es necesario tomar medidas tendientes a reducir el delito y ante una realidad que es que los vecinos, en muchas zonas, no frenan en los semáforos rojos a los fines de evitar robos.

No se trata de una disputa entre la seguridad vial y la lucha contra la inseguridad puesto que ha demostrado ser una medida efectiva en grandes ciudades europeas, basados en el simple hecho que en zonas de colegios u hospitales que debido al intenso tráfico de peatones requieran en el día un mayor cuidado en tránsito, de noche es simplemente innecesario. Tal es el caso de también de las políticas que se han tomado en ciudades como Sao Palo y Río de Janeiro donde los Institutos de Seguridad Vial locales tras años de la aplicación de semáforos intermitentes en zonas menos transitadas e inseguras, llegaron a la conclusión que los conductores son más cuidadosos al dirigirse a un cruce donde los semáforos están intermitentes, logrando así no aumentar los accidentes, y sí, efectivamente, bajar Ia delictividad.

En lo que respecta a nuestro país las experiencias han sido similares, en el partido de San Isidro, Vicente Lopez y San Femando, cerca del 90Yo de los semáforos muestran luz amarilla intermitente en la franja horaria de las 21:00 a las 7:00hs, o por ejemplo el caso de Mar del Plata donde esta medida se aplica hace más de 20 años con un éxito comprobado. Este proyecto se basa en una premisa simple: Es injusto sancionar a un vecino por pasar un semáforo en rojo cuando para no hacerlo tiene que poner en riesgo su integridad o la de su familia.

Por último, creemos que es necesario ser coherentes y responsables y, ante el endurecimiento en la vigilancia y el monto de las multas por infracciones de tránsito, no podemos pretender que un ciudadano tenga que elegir entre pagar una multa y no llegar a fin de mes, o alternativamente quedar a merced del delito en una zona peligrosa. Los vecinos no pueden ser rehenes de una política pública de seguridad deficiente y a la vez ser sancionados por no cumplir las normas de tránsito por falta garantías que el mismo estado no supo brindarle.

Por todo lo expuesto y haciendo hincapié en necesidad de legislar en pos de la seguridad y no haciendo oidos sordos a la realidad que vivimos, es que pedimos a los ediles el acompañamiento del presente proyecto de ordenanza.

 
 
 

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    ©2022 Lucas Balian.

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