"Proyecto de Ordenanza Excepción a la Prioridad Mano Derecha"
- Lucas Balian
- 10 mar 2022
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 29 nov 2022

Artículo 1°: Modifíquese inc. e) del artículo 65 de la Ordenanza N°9.981 (Código de Tránsito – Código de Uso de la Vía Pública), el que quedará redactado de la siguiente manera:
“e) En cualquier circunstancia cuando:
1) Se desemboque de una vía de tierra a una pavimentada;
2) Se circule al costado de vías férreas, respecto del que sale del paso a nivel;
3) Se vaya a girar para ingresar a una vía transversal;
4) Se conduzcan animales o vehículos de tracción a sangre;
5) Se confluya una calle en una avenida”
Artículo 2°: De forma.
FUNDAMENTOS
Basados en la recomendación de la Cámara Civil y Comercial 8ª en lo Civil y Comercial de Córdoba donde se exhorta al legislativo municipal a la regulación de una problemática, que en muchos casos termina por derivar en una situación controvertida, en la cual la jurisprudencia termina por optar por una solución realista no contemplada en la Ordenanza Municipal que establece el Código de Tránsito, es que consideramos urgente regularizar estas situaciones que suceden cotidianamente en el desarrollo de la vida de los ciudadanos que transitan en vehículos en nuestra ciudad.
La Cámara consideró pertinente fallar a favor de aquel conductor que circulaba por una arteria principal (avenida) por sobre la prioridad absoluta (salvo excepciones taxativamente establecidas) que tenía el conductor de la mano derecha por tratarse de un cruce no señalizado.
Por esto es que vemos la necesidad de adaptar la Ordenanza a la realidad, basándonos en los mismos elementos y conceptos que el Código de Tránsito define:
-AVENIDA: Vía pública multicarril, de circulación en zonas urbanas, integrada por las aceras y la calzada, presentando esta última un ancho de más de nueve (9) metros.
-CALLE: Vía pública de circulación en zonas urbanas, integrada por las aceras y la calzada, presentando esta última un ancho de hasta nueve (9) metros.
Como ha sido público y notorio en distintos medios de comunicación nos vemos en la obligación de tomar decisiones al respecto y agregar dentro de las excepciones a la prioridad de la mano derecha la confluencia de una calle con una avenida, en miras de que no resulta seguro el brindar una prioridad absoluta al conductor que ingresa a una avenida tal y como está la Ordenanza vigente hoy en día.
Por todo lo expuesto y haciendo hincapié en necesidad de legislar en pos de la seguridad vial en nuestra ciudad, es que pedimos a los ediles el acompañamiento del presente proyecto de Ordenanza.
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