top of page
Buscar

"Proyecto Congelamiento Planta Municipal"

  • Foto del escritor: Lucas Balian
    Lucas Balian
  • 29 nov 2022
  • 2 Min. de lectura

Actualizado: 1 dic 2022



ree


Artículo 1°: La presente ordenanza tiene por objeto establecer la prohibición de efectuar designaciones y contrataciones de personal de cualquier naturaleza a todos los sectores de la administración municipal, en concordancia con la Ordenanza 12991 de “Emergencia económica, financiera, administrativa y social del municipio” la ciudad de Córdoba, sancionada por este cuerpo de ediles y adhiriéndose a lo estipulado en el Decreto 426/2022 del Poder Ejecutivo Nacional.

Artículo 2°: ADHIERASE a lo estipulado en el Decreto 426/2022 del Poder Ejecutivo Nacional “Restricciones a la designación de personal”

Artículo 3°: El ámbito de aplicación el Concejo Deliberante, el Tribunal de Cuentas y el Departamento Ejecutivo Municipal que comprende la Administración centralizada y descentralizada municipal, las Entidades Autárquicas municipales, las Empresas y Sociedades en las cuales tenga participación el Municipio en forma mayoritaria y los Entes en los que el Municipio tenga participación total o mayoritaria de capital.

Artículo 4°: De Forma.



FUNDAMENTOS


Que considerando el momento qué transita nuestro país es menester entender que es momento tomar decisiones antipáticas pero necesarias, tal como lo explicó Sergio Massa, que es del mismo signo político del Intendente de la ciudad, quien decidió congelar la planta de empleados a nivel nacional no permitiendo que haya nuevos nombramientos.

La presente ordenanza prohíbe todo tipo de contratación atento a que el Ejecutivo Municipal disfrazo el aumento de planta contratando masivamente y de manera precaria por medio de planes a un sinfín de nuevo agentes.

Consideramos que es hora de ponerle mesura y austeridad a esta administración quien no puede transitar paralela e indiferente a la terrible crisis social que castiga a nuestra gente.

Congelar los salarios de los empleados municipales es el sacrificio que comando este cuerpo de ediles en la Ordenanza 12991 sin embargo, se burla el espíritu de la misma aumentando, por distintos mecanismos, la planta de empleados municipales.

Que es oportuno adherirse a la Decreto Nacional 426/2022 “Restricciones a la designación de personal” para lograr el objetivo final de la ordenanza ut supra descripta pero incluir en las prohibiciones todo tipo de contratación y para todos los estamentos Municipales los cuales son el Concejo Deliberante, el Tribunal de Cuentas y el Departamento Ejecutivo Municipal que comprende la Administración centralizada y descentralizada municipal, las Entidades Autárquicas municipales, las Empresas y Sociedades en las cuales tenga participación el Municipio en forma mayoritaria y los Entes en los que el Municipio tenga participación total o mayoritaria de capital.

Que en concordancia con la Ley 25.917 del Régimen Federal De Responsabilidad Fiscal y el acuerdo celebrado por el Ejecutivo Nacional y el Fondo Monetario Internacional (FMI) ratificado en el corriente año por Ley 27.612, es oportuno implementar en la ciudad de Córdoba la presente ordenanza para cumplir con las metas establecidas en Nación.

Es momento de enfocar los esfuerzos económicos de la Municipalidad en políticas sociales, siendo el momento de mayor urgencia social de las últimas décadas, en pos del bienestar de muchos que la están pasando muy mal.


 
 
 

Comentarios


    ©2022 Lucas Balian.

    bottom of page